----------------------------------------------- Blogger Template Style Name: Thisaway (Blue) Designer: Dan Rubin URL: www.superfluousbanter.org Date: 29 Feb 2004 Updated by: Blogger Team ----------------------------------------------- */ /* Variable definitions ==================== */ /* global ----------------------------------------------- */ body { margin: 0; text-align: center; min-width: 760px; background: #4386ce url(http://www.blogblog.com/thisaway_blue/bg_body.gif) repeat-x left top; color: #2462a5; font-size: small; } blockquote { margin: 0; padding: 0 10px 0 10px; border-left: 6px solid #d8e7f78; border-right: 6px solid #d8e7f7; color: #0000ff; } code { color: #0000ff; } hr { display: none; } /* layout ----------------------------------------------- */ #outer-wrapper { margin: 0 auto; width: 760px; text-align: left; font: normal normal 100% Helvetica,Arial,Verdana,'Trebuchet MS', Sans-serif; } #header-wrapper { padding-bottom: 15px; background: url(http://www.blogblog.com/thisaway_blue/bg_header_bottom.gif) no-repeat left bottom; } #header { background: #204063 url(http://www.blogblog.com/thisaway_blue/bg_header.gif) repeat-x left bottom; } #content-wrapper { position: relative; width: 760px; background: #f7f0e9 url(http://www.blogblog.com/thisaway_blue/bg_main_wrapper.gif) repeat-y left top; } #main-wrapper { display: inline; /* fixes a strange ie margin bug */ float: left; margin: 0 0 0 3px; padding: 0; width: 483px; word-wrap: break-word; /* fix for long text breaking sidebar float in IE */ overflow: hidden; /* fix for long non-text content breaking IE sidebar float */ } #main { padding: 22px 8px 0 8px; background: url(http://www.blogblog.com/thisaway_blue/bg_content.gif) repeat-x left top; } .post { margin: 0 8px 14px 21px; padding: 0; border-bottom: 3px solid #d8e7f7; } #comments { margin: 0 16px 14px 29px; padding: 10px; border: 1px solid #cedef0; background-color: #e4ecf5; } #sidebar-wrapper { display: inline; /* fixes a strange ie margin bug */ float: right; margin: 0 3px 0 0; width: 269px; color: #2462a5; line-height: 1.4em; font-size: 90%; background: url(http://www.blogblog.com/thisaway_blue/bg_sidebar.gif) repeat-x left top; word-wrap: break-word; /* fix for long text breaking sidebar float in IE */ overflow: hidden; /* fix for long non-text content breaking IE sidebar float */ } #sidebar { padding: 7px 11px 0 14px; background: url(http://www.blogblog.com/thisaway_blue/bg_sidebar_arrow.gif) repeat-y 179px 0; } #sidebar .widget { margin-bottom: 20px; } #footer-wrapper { padding-top: 15px; background: url(http://www.blogblog.com/thisaway_blue/bg_footer_top.gif) no-repeat left top; clear: both; } #footer { background: #152e49 url(http://www.blogblog.com/thisaway_blue/bg_footer.gif) repeat-x left top; text-align: center; min-height: 2em; } /* headings ----------------------------------------------- */ #header h1 { margin: 0; padding: 24px 0 0 84px; background: url(http://www.blogblog.com/thisaway_blue/icon_header.gif) no-repeat 16px 26px; } h2.date-header { margin: 0; padding: 0 0 0 29px; text-transform: uppercase; color: #2462a5; background: url(http://www.blogblog.com/thisaway_blue/icon_date.gif) no-repeat 13px 0; font-size: 80%; font-weight: normal; } .date-header span { margin: 0 0 0 5px; padding: 0 25px 0 25px; background: url(http://www.blogblog.com/thisaway_blue/bg_date.gif) no-repeat 0 0; } .sidebar h2 { padding: 1px 0 0 36px; color: #003366; background: url(http://www.blogblog.com/thisaway_blue/icon_sidebar_heading.gif) no-repeat 0 45%; font: normal bold 100% Helvetica,Arial,Verdana,'Trebuchet MS', Sans-serif; } .sidebar .Profile h2 { color: #0000ff; background: url(http://www.blogblog.com/thisaway_blue/icon_sidebar_profileheading.gif) no-repeat 0 45%; } .post h3 { margin: 13px 0 13px 0; padding: 0; color: #0000ff; font-size: 140%; } .post h3 a, .post h3 a:visited { color: #0000ff; } #comments h4 { margin-top: 0; font-size: 120%; } /* text ----------------------------------------------- */ #header h1 { color: #eef6ff; font: normal bold 200% Helvetica,Arial,Verdana,'Trebuchet MS', Sans-serif; } #header .description { margin: 0; padding: 7px 16px 0 84px; color: #e6e6e6; font: normal normal 80% Helvetica,Arial,Verdana,'Trebuchet MS', Sans-serif; } .post-body p { line-height: 1.4em; /* Fix bug in IE5/Win with italics in posts */ margin: 0; height: 1%; overflow: visible; } .post-footer { font-size: 80%; color: #2462a5; } .uncustomized-post-template .post-footer { text-align: right; } .uncustomized-post-template .post-footer .post-author, .uncustomized-post-template .post-footer .post-timestamp { display: block; float: left; text-align: left; margin-right: 4px; } p.comment-author { font-size: 83%; } .deleted-comment { font-style:italic; color:gray; } .comment-body p { line-height: 1.4em; } .feed-links { clear: both; line-height: 2.5em; margin-bottom: 0.5em; margin-left: 29px; } #footer .widget { margin: 0; padding: 0 0 15px 55px; color: #fef6ee; font-size: 90%; line-height: 1.4em; background: url(http://www.blogblog.com/thisaway_blue/icon_footer.gif) no-repeat 16px 0; } /* lists ----------------------------------------------- */ .post ul { padding-left: 32px; list-style-type: none; line-height: 1.4em; } .post li { padding: 0 0 4px 17px; background: url(http://www.blogblog.com/thisaway_blue/icon_list_item.gif) no-repeat 0 3px; } #comments ul { margin: 0; padding: 0; list-style-type: none; } #comments li { padding: 0 0 1px 17px; background: url(http://www.blogblog.com/thisaway_blue/icon_comment.gif) no-repeat 0 3px; } .sidebar ul { padding: 0; list-style-type: none; line-height: 1.2em; margin-left: 0; } .sidebar li { padding: 0 0 4px 17px; background: url(http://www.blogblog.com/thisaway_blue/icon_list_item.gif) no-repeat 0 3px; } #blog-pager-newer-link { float: left; margin-left: 29px; } #blog-pager-older-link { float: right; margin-right: 16px; } #blog-pager { text-align: center; } /* links ----------------------------------------------- */ a { color: #9D1961; font-weight: bold; } a:hover { color: #2D8930; } a.comment-link { /* ie5.0/win doesn't apply padding to inline elements, so we hide these two declarations from it */ background/* */:/**/url(http://www.blogblog.com/thisaway_blue/icon_comment.gif) no-repeat 0 45%; padding-left: 14px; } html>body a.comment-link { /* respecified, for ie5/mac's benefit */ background: url(http://www.blogblog.com/thisaway_blue/icon_comment.gif) no-repeat 0 45%; padding-left: 14px; } .sidebar a { color: #2462a5; } .sidebar a:hover { color: #2462a5; } #header h1 a { color: #eef6ff; text-decoration: none; } #header h1 a:hover { color: #b4c7d9; } .post h3 a { text-decoration: none; } a img { border-width: 0; } .clear { clear: both; line-height: 0; height: 0; } .profile-textblock { clear: both; margin-bottom: 10px; margin-left: 0; } .profile-img { float: left; margin: 0 5px 5px 0; padding: 3px; border: 1px solid #bdd4eb; } .profile-link { padding: 0 0 0 17px; background: url(http://www.blogblog.com/thisaway_blue/icon_profile.gif) no-repeat 0 0; } /** Page structure tweaks for layout editor wireframe */ body#layout #main, body#layout #sidebar { padding: 0; } -->

domingo, 25 de noviembre de 2007

Mesa Redonda AIDA Argentina:29-11-2007











##
“EL DEFENSOR DEL ASEGURADO”EN ARGENTINA
( Análisis y perspectivas de la institución)

Panel compuesto por los Doctores:
Carlos A. SCHIAVO,
Carlos A. ESTEBENET
Héctor M. SOTO
Los expositores son destacados docentes universitarios y Miembros
Titulares de AIDA Argentina
Coordinador: Prof. Dr. Dante CRACOGNA


Dirigido a abogados, miembros del Poder Judicial, directivos y
Funcionarios de empresas de seguros.
Hotel Claridge, Gran Salón, Piso lº, Tucumán 535, Capital Federal, el día 29 de Noviembre a las 19 horas.
Arancel: $ 50.-
Socios de AIDA y miembros del Poder Judicial: sin cargo
Informes e Inscripción:
AIDA Argentina: 25 de Mayo 565, piso 2º, Capital Federal (Sta. Alicia S.Murialdo, Secretaria Ejecutiva) Telef. y fax: 011-4814.0875
e-mail: alicmuri@via-net-works.net.ar 011- 4312.7790 (199)
Dr. Héctor M. Soto: hmsotoyasoc@infovia.com.ar 011- 4382.8850
Dr. Carlos A. Schiavo: carlos@estudioks.com.ar 011- 4709.6951

REGLAMENTO: 1.Objeto
El defensor del Asegurado es una
figura de carácter privado creada en el
ámbito de la Asociación Argentina de Compañías de Seguros —AACS—
orientada a la protección de los derechos de los asegurados y/o beneficiarios,
mediante la intervención en los conflictos que se suscitaren entre la persona
física o jurídica que tuviera contratado un seguro y un asegurador debidamente
autorizado para operar, que previamente hubiera adherido al Sistema.

2. Funciones
El Defensor del Asegurado conoce y resuelve, con el alcance que establece
este Reglamento, los reclamos que se sometan voluntariamente a su
pronunciamiento.

A tal efecto deberá fundarse en las normas en materia aseguradora y el
contrato celebrado.

Puede propiciar, dentro del ámbito de su competencia, el mejoramiento de la
calidad de los servicios del seguro privado.

Presentará a la AACS un informe anual en el que emitirá recomendaciones
generales para mejorar la calidad de los servicios del seguro, identificando
situaciones cuya corrección permita prevenir conflictos entre asegurados y
aseguradores.

El Defensor del Asegurado ejerce sus funciones y resuelve los conflictos con
plena independencia .

3. Ámbito de competencia
La Defensoría del Asegurado conoce de los reclamos formulados por personas
físicas o jurídicas que hubieran celebrado un contrato de seguro con un
asegurador adherente al reglamento, siempre y cuando la suma de dinero
motivo de la controversia directa o indirectamente no sea inferior a $ 2000
(pesos dos mil) ni superior $ 50.000 ( pesos cincuenta mil).

En el caso de un Seguro de vida también podrá deducir reclamo bajo el
presente procedimiento el beneficiario designado. No se admitirán cuestiones
controvertidas entre distintos beneficiarios.



Quedan excluidos los reclamos provenientes de los siguientes riesgos:
Riesgos del Trabajo; Seguros de Caución; Seguros de Salud; Seguros de
Responsabilidad civil Profesional; Seguros de Responsabilidad civil suscripto
como cobertura única; y todo aquel que no se circunscriba a una cuestión
específica entre asegurado y asegurador.

También quedarán excluidas del presente procedimiento las cuestiones
relacionadas con la pesificación de obligaciones establecidas por la ley
25.561, modificaciones y sus decretos reglamentarios.

Tampoco será admitido bajo el presente procedimiento cualquier reclamo que
un tercero efectúe al asegurado y/o asegurador como consecuencia de la
aplicación de cualquier cobertura de Responsabilidad Civil .

En todo caso el asegurador a título particular podrá libremente aceptar el
procedimiento excediendo los límites establecidos.

4. Organización, Nombramiento y Permanencia en el cargo
El Defensor del Asegurado será designado por la Junta Directiva de la AACS
sobre una terna propuesta por el Comité Ejecutivo.

El mismo deberá revestir una reconocida solvencia moral y profesional y
suficientes antecedentes académicos, laborales y profesionales.

Asimismo la Junta Directiva de la AACS designará especialistas en materia
aseguradora a fin de asesorar y colaborar con el Defensor en el estudio de los
casos y la confección de las resoluciones.

La duración en el cargo será de tres años y podrá ser reelegido
indefinidamente. Lo mismo será de aplicación a los especialistas que se
designen.

5. Principio de subsidiariedad
El reclamo ante el Defensor del Asegurado procede cuando el recurrente
agotó la vía interna ante la empresa aseguradora concernida sin obtener
solución favorable a su pretensión.

6. Naturaleza de la resolución
El Defensor dictará una resolución en el cual consignará la posición de las
partes y la decisión que corresponde tomar de conformidad con lo pactado en
el contrato y lo previsto por las normas en materia aseguradora.



La resolución pondrá fin al procedimiento, establecerá claramente los
derechos de las partes y dispondrá las medidas o actos que deban ejecutarse.

7. Procedimiento
El procedimiento será informal y gratuito para los asegurados.

La única formalidad que deberá exigirse será que los reclamos deberán ser
presentados por el asegurado mediante un escrito que contenga la
determinación de la pretensión y adjuntarse toda la documentación pertinente
con que cuente el reclamante.

Los reclamos deberán ser presentados por el asegurado ante la AACS dentro
de los 60 días corridos computados a partir del día siguiente de la notificación
denegatoria de la pretensión del asegurado por la compañía de seguros
respectiva.

Una vez recibido el reclamo el Defensor deberá informar al Asegurador y
entregarle copia de lo presentado por el reclamante, a fin de que fije su
posición en el plazo de 5 días hábiles.

Los reclamos serán evaluados y resueltos, sobre la base de lo que obre en el
respectivo expediente del siniestro en la empresa aseguradora respectiva y de
lo que aporte el reclamante.

El Defensor podrá solicitar a las partes información o documentación
complementaria.

La empresa aseguradora deberá entregar copia del expediente completo del
siniestro, dentro del término de cinco días de ser notificada de dicho
requerimiento.

El Defensor podrá consultar el original del expediente de siniestro concurriendo
al domicilio del asegurador.

La conducta renuente del asegurador en brindar información, podrá ser
considerada como presunción en su contra.

La documentación complementaria que el Defensor solicite será entregada por
la empresa aseguradora o el reclamante , dentro del término que en cada caso
determine.

Reunida la documentación y pruebas necesarias y luego de haber dado a
ambas partes la posibilidad de ser escuchadas, el Defensor del Asegurado
resolverá , en un plazo máximo de 20 días hábiles a partir de la última
presentación.



Si durante la intervención del Defensor las partes arribaran a un acuerdo,
deberán comunicárselo y con ello cesará la intervención de aquel.

8. Sometimiento voluntario y tutela judicial efectiva
Los reclamantes recurrirán en forma voluntaria al Defensor del Asegurado.

La presentación de un reclamo en esta vía no limita su derecho a recurrir
posteriormente ante el órgano jurisdiccional, ni de desistir en cualquier
momento el procedimiento.

Sin embargo, si el reclamante acude a alguna de las instancias administrativas,
judiciales arbitrales o de mediación previa a la vía judicial para formular su
reclamo, antes que el Defensor emita su decisión, éste se abstendrá de decidir
y archivará el caso.

El reclamo tampoco procede cuando se haya acudido previamente a una
instancia administrativa, judicial, arbitral o de mediación previa a la vía judicial,
salvo que se desista de estas vías en forma expresa.

Sin perjuicio de su aplicación a todo siniestro ocurrido con posterioridad a la
adhesión, los aseguradores adherentes al presente procedimiento indicarán en
las pólizas que emitan la existencia del procedimiento y la facultad del
asegurado de hacer uso del mismo.

9. Facultad de pedir información y deber de cooperación
El Defensor del Asegurado tiene la facultad de pedir la información que
requiera para resolver los casos de su competencia que voluntariamente
someten a su decisión los asegurados. No puede actuar de oficio. Las
empresas aseguradoras y el asegurado, en su caso, tienen el deber de
colaborar con sus requerimientos y proporcionarle toda la información que les
sea solicitada.

Puede designar peritos cuando lo considere necesario, previa conformidad de
las partes.

Los dictámenes periciales serán puestos en conocimiento de las partes antes
que se emita la resolución que pone fin a la controversia. Cualquiera de ellas
puede plantear las observaciones que crean convenientes dentro del plazo de
5 días hábiles desde la notificación de dichos dictámenes.

10. Efecto de las Decisiones


La resolución emitida por el Defensor del Asegurado será vinculante para la
empresa aseguradora, en la medida que el asegurado la acepte en un plazo
que no podrá exceder de 10 días hábiles desde que le sea notificada.

La resolución emitida por el Defensor del Asegurado no será vinculante para el
reclamante, salvo que la acepte expresamente luego de emitida.

El deber de cumplimiento de una resolución por la respectiva aseguradora no
obstará a que se cumplan las formalidades usuales para que el pago
correspondiente se considere final y definitivo.

En caso que el Asegurador no diere cumplimiento a lo resuelto por el Defensor,
el reclamante tendrá derecho a reclamar judicialmente la ejecución de la
resolución. El Defensor deberá informar a la Junta Directiva de la conducta del
Asegurador.

11. Incompatibilidades-Inhabilidades
No podrán actuar como Defensor del Asegurado aquellos profesionales que
tuvieren relación de dependencia con algún asegurador o reasegurador o
desempeñaren en los mismos algún cargo directivo. Lo mismo será de
aplicación respecto de intermediarios y liquidadores. Tampoco podrán actuar
como Defensor los profesionales que tengan alguna relación profesional con el
asegurador del caso, o relación de parentesco en cualquier grado o amistad
con el reclamante.

En caso de producirse una causal de incompatibilidad la Junta Directiva de la
AACS designará un Defensor para el caso particular. En tal supuesto el
asegurador que revista el carácter de parte en el caso deberá abstenerse de
participar en la elección.

12. Informe Anual
El Presidente de la AACS formulará un informe anual respecto de la actuación
del Defensor del Asegurado en el que incluirá las recomendaciones que este
considere necesario efectuar y la descripción de las materias que pudieran
afectar la credibilidad en materia de seguros.

13. Presupuesto
La AACS financiará los costos de operación de la Defensoría del Asegurado,
para lo cual se formulará un presupuesto anual. La Junta Directiva de la
AACSRA determinará además un cargo fijo y variable que deberá asumir el
asegurador involucrado en cada caso.

No hay comentarios: